
Ley de contrato de trabajo: qué dice y qué cambió en 2026
Contenido del artículo
- 01¿Cuál es la ley 20.744 de contrato de trabajo?
- 02¿Qué dice la ley de trabajo y a quién se aplica?
- 03¿Cuáles son los 5 derechos del trabajador según la LCT?
- 04¿Qué dice la ley de contrato de trabajo sobre las vacaciones?
- 05¿Qué establece el artículo 210 de la ley de contrato de trabajo?
- 06Artículo 245: cómo se calcula la indemnización por despido
- 07¿Cómo es la nueva ley de contrato de trabajo?
- 08Dónde leer la ley de contrato de trabajo actualizada y descargar el PDF
- 09Qué mirar en tu contrato antes de firmar
Resumen rápido (TL;DR): la ley de contrato de trabajo de Argentina es la Ley 20.744, sancionada en 1974 y vigente hoy con el texto ordenado de 1976. Fija lo básico de toda relación laboral en relación de dependencia: cómo nace el contrato, jornada, vacaciones, licencias, sueldo y qué te corresponde si te despiden. En 2026 fue reformada a fondo por la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que cambió más de cincuenta artículos, entre ellos el 154 (vacaciones), el 210 (certificados médicos) y el 245 (indemnización por despido).
Si buscas la ley de contrato de trabajo probablemente estés en una de tres situaciones: te ofrecieron un puesto y quieres saber qué te garantiza la ley, tuviste un problema con tu empleador, o escuchaste que cambió y no sabes qué sigue vigente. Esta guía responde las tres, con el número de artículo en cada caso y el estado real de la norma a agosto de 2026.
Conocer la ley sirve para dos cosas: reclamar lo que te corresponde en el trabajo que tienes y detectar una oferta que no cumple antes de firmar. Si estás en la segunda, crea tu perfil gratis en Vacantes.com y postúlate solo a vacantes con relación de dependencia registrada, que son las que quedan amparadas por esta ley.
¿Cuál es la ley 20.744 de contrato de trabajo?
La Ley 20.744 es la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) argentina: la norma general que regula el trabajo en relación de dependencia en el sector privado. Se sancionó en 1974 y el texto que se cita y se aplica hoy es el ordenado por el Decreto 390 de 1976, publicado y mantenido actualizado por InfoLeg, el sistema de información legislativa del Ministerio de Justicia.
En la práctica funciona como el piso de derechos: un contrato individual o un convenio colectivo pueden darte más que la LCT, nunca menos. El artículo 12 lo dice sin rodeos, al declarar nula toda convención entre partes que suprima o reduzca los derechos previstos en la ley, los estatutos profesionales o los convenios colectivos (fuente: texto actualizado de la Ley 20.744 en InfoLeg). Ese piso también importa si venías de un programa social: el ex Potenciar Trabajo es compatible con el empleo registrado dentro de ciertos topes de ingreso, así que conocer tus derechos no te hace perder el beneficio.
¿Qué dice la ley de trabajo y a quién se aplica?
Dice cómo se forma y se prueba un contrato de trabajo, qué obligaciones tienen las dos partes, cómo se paga el sueldo, cuánto se trabaja y se descansa, qué licencias existen y qué pasa cuando la relación termina. Pero no se aplica a todos los trabajadores por igual: el artículo 2 excluye expresamente a varios grupos.
Sí quedan bajo la LCT | No quedan bajo la LCT (artículo 2) |
|---|---|
Trabajadores en relación de dependencia del sector privado | Empleados públicos nacionales, provinciales o municipales, salvo inclusión expresa |
Trabajadores registrados de cualquier rubro y tamaño de empresa | Personal de casas particulares, regido por la Ley 26.844 |
Contratos por tiempo indeterminado, a plazo fijo y eventuales | Trabajadores agrarios, con la LCT solo como norma supletoria |
Contratos a tiempo parcial (artículo 92 ter) | Locaciones de obra y servicios, trabajadores independientes y prestadores de plataformas |
Fuente: artículo 2 de la Ley 20.744 según la redacción del artículo 1 de la Ley 27.802 (texto completo en InfoLeg). Si trabajas en casas particulares, tu régimen es otro y lo explicamos en la guía de trabajo doméstico en Argentina.
El contrato a tiempo parcial que aparece en la tabla es el del artículo 92 ter, y conviene mirarlo con la redacción nueva: la reforma de 2026 lo reescribió por completo. Hoy es a tiempo parcial cualquier contrato con una jornada inferior a la legal o convencional de la actividad. El umbral de las dos terceras partes de la jornada, que definía la figura antes de la reforma, quedó eliminado. Tu remuneración no puede ser menor a la proporcional de un trabajador a tiempo completo de tu misma categoría, las cotizaciones a la seguridad social se hacen en proporción a lo que cobras y las horas suplementarias sobre la jornada reducida pactada pasaron a estar permitidas con carácter voluntario (fuente: artículo 92 ter de la LCT según el artículo 27 de la Ley 27.802). Para ver esa proporcionalidad aplicada a un convenio concreto, mira cuánto cobra un empleado de comercio por media jornada, donde la escala del CCT 130/75 se reparte según las horas pactadas.
¿Cuáles son los 5 derechos del trabajador según la LCT?
Si hay que resumir la ley en cinco derechos irrenunciables, son estos: cobrar tu remuneración en tiempo y forma, trabajar una jornada limitada con descansos, tomarte vacaciones pagas, cobrar el aguinaldo y recibir una indemnización si te despiden sin causa. Cada uno tiene su artículo.
Derecho | Qué garantiza | Artículos de la LCT |
|---|---|---|
Remuneración | Sueldo no inferior al mínimo legal o al del convenio, pagado en los plazos de ley y con recibo | 74, 103 y 124 |
Jornada limitada y descansos | Límite de jornada, descanso entre jornadas y descanso semanal | 197 bis, 198 y 204 a 207 |
Vacaciones pagas | De 14 a 35 días corridos por año según antigüedad, pagos por adelantado | 150 a 157 |
Aguinaldo (SAC) | Medio sueldo extra por semestre, no modificado por la reforma de 2026 | 121 a 123 |
Protección contra el despido arbitrario | Preaviso e indemnización por antigüedad si el despido es sin justa causa | 231, 232 y 245 |
Fuente: articulado de la Ley 20.744, texto actualizado en InfoLeg, y resumen oficial de la norma en Argentina.gob.ar. A esto se suman el trato igualitario y la prohibición de discriminar (artículos 17 y 81) y el derecho a que te entreguen el certificado de trabajo al terminar la relación (artículo 80).
¿Qué dice la ley de contrato de trabajo sobre las vacaciones?
La LCT te da entre 14 y 35 días corridos de vacaciones pagas por año, según tu antigüedad, y exige haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año para tener derecho al período completo. Esa escala está en el artículo 150 y la reforma de 2026 no la tocó.
Antigüedad al 31 de diciembre | Días corridos de vacaciones |
|---|---|
Hasta 5 años | 14 días |
Más de 5 y hasta 10 años | 21 días |
Más de 10 y hasta 20 años | 28 días |
Más de 20 años | 35 días |
Fuente: artículo 150 de la Ley 20.744 (texto actualizado en InfoLeg). El artículo 151 agrega el requisito de haber prestado servicios, como mínimo, durante la mitad de los días hábiles del año.
Lo que sí cambió en 2026 es el artículo 154, o sea cuándo puedes tomarlas. Antes las vacaciones se otorgaban enteras entre el 1 de octubre y el 30 de abril. El nuevo texto mantiene ese período como regla, exige avisarte con treinta días de anticipación y habilita algo nuevo: que empleador y trabajador acuerden fraccionar las vacaciones en tramos, siempre que ninguno sea menor a siete días. También establece que el trabajador goce de vacaciones de verano al menos una vez cada tres años.
El pago va adelantado. El artículo 155 fija la fórmula, dividir el sueldo mensual por 25 y multiplicar por los días de licencia, y establece además que la retribución de las vacaciones debe pagarse al inicio del período, no con el sueldo del mes siguiente. Por eso el importe de un mes con vacaciones es distinto al de un mes común: revisa tu recibo de sueldo para verificar que el rubro figure por separado.
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¿Qué establece el artículo 210 de la ley de contrato de trabajo?
El artículo 210 regula el control médico cuando faltas por enfermedad o accidente inculpable, es decir, no relacionado con el trabajo. Históricamente decía que el trabajador está obligado a someterse al control que efectúe el facultativo designado por el empleador, y la reforma de 2026 lo reescribió con más detalle.
En su redacción actual, según el artículo 45 de la Ley 27.802, el certificado médico que presentes debe incluir el diagnóstico, el tratamiento indicado y la cantidad de días de reposo, estar emitido por un profesional habilitado y puede llevar firma digital conforme a la Ley 27.553. El empleador conserva la facultad de hacer su propio control médico y, si hay discrepancia entre ambos diagnósticos, se prevé una junta médica para resolverla (fuente: Ley 27.802, InfoLeg).
Qué significa esto en el día a día: un certificado que solo diga «reposo 3 días» ya no alcanza, porque le faltan el diagnóstico y el tratamiento. Y negarte al control médico del empleador te deja en falta, aunque tu certificado sea legítimo. Guarda copia de todo lo que presentas y de la fecha en que lo presentaste.
Artículo 245: cómo se calcula la indemnización por despido
El artículo 245 fija la indemnización por antigüedad: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año trabajado o del tiempo de servicio si fue menor. La fórmula sobrevivió a la reforma; lo que cambió es la base sobre la que se calcula.
Según el nuevo texto del artículo 245, incorporado por el artículo 51 de la Ley 27.802, de esa base quedan excluidos el sueldo anual complementario y los conceptos que no se pagan mensualmente, y se aplica un tope equivalente a tres veces el salario promedio del convenio colectivo aplicable, con un piso del 67 % de la remuneración calculada. La norma además habilita que los convenios colectivos instrumenten fondos de cese laboral y aclara que esta es la única reparación que corresponde ante un despido sin causa (fuente: Ley 27.802 en InfoLeg).
Ese piso del 67 % no salió de la nada. En el fallo «Vizzoti», de septiembre de 2004, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que aplicar el tope del artículo 245 es inconstitucional si reduce la base de cálculo en más de un tercio. La reforma de 2026 tomó ese criterio jurisprudencial y lo escribió en la propia ley.
El fondo que paga los despidos. La reforma creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), al que los empleadores aportan un 1 % de las remuneraciones si son grandes empresas y un 2,5 % si son micro, pequeñas o medianas, con vigencia a partir del 1 de junio de 2026 (fuente: artículos 58, 60 y 77 de la Ley 27.802). El detalle de cómo funciona está en nuestra guía de la reforma laboral en Argentina 2026.
¿Cómo es la nueva ley de contrato de trabajo?
No hay una ley de contrato de trabajo nueva que reemplace a la 20.744: lo que hay es la misma ley con su texto reformado. La Ley 27.802 de Modernización Laboral fue sancionada el 27 de febrero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026, y sustituyó o incorporó más de cincuenta artículos de la LCT.
Ese punto genera confusión porque la norma tuvo un recorrido judicial accidentado. Esta es la secuencia verificable:
Fecha | Qué pasó |
|---|---|
27 de febrero de 2026 | El Congreso sanciona la Ley 27.802 de Modernización Laboral |
6 de marzo de 2026 | Se publica en el Boletín Oficial y entra en vigencia |
30 de marzo de 2026 | Un juzgado nacional del trabajo suspende cautelarmente parte del articulado, a pedido de la CGT |
23 de abril de 2026 | La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revoca la cautelar y restablece la vigencia de la ley |
Fuentes: InfoLeg (Ley 27.802) y la cobertura judicial del fallo de la Cámara del Trabajo de abril de 2026. Los cambios que más impactan a un trabajador son los de vacaciones (artículo 154), certificados médicos (artículo 210), indemnización (artículo 245), ámbito de aplicación (artículo 2), contrato a tiempo parcial (artículo 92 ter) y solidaridad en la subcontratación (artículos 29, 30 y 31).
Un dato que suele confundirse: el período de prueba de seis meses no viene de esta reforma. Lo fijó la Ley 27.742 en 2024, que reescribió el artículo 92 bis y habilitó ampliarlo por convenio colectivo hasta ocho meses en empresas de 6 a 100 trabajadores y hasta un año en las de hasta 5. La Ley 27.802 no modificó ese artículo (fuente: texto actualizado de la Ley 20.744 en InfoLeg).
Y si llegaste buscando la «ley de contrato de trabajo 2023», conviene aclarar el punto: el intento de reforma de diciembre de 2023 fue el DNU 70/2023, cuyo capítulo laboral quedó suspendido por la Justicia desde enero de 2024 y no llegó a aplicarse. Los cambios que sí rigen hoy son posteriores y llegaron por ley del Congreso: la 27.742 en 2024 y la 27.802 en 2026.
Dónde leer la ley de contrato de trabajo actualizada y descargar el PDF
La versión de referencia es el texto actualizado que publica InfoLeg, porque incorpora todas las reformas posteriores, incluida la de 2026. Cualquier PDF que circule por fuera puede estar desactualizado, y con dos reformas en dos años eso es un riesgo real.
Texto actualizado de la Ley 20.744 en InfoLeg: es el que conviene consultar y el que ya incluye las modificaciones de la Ley 27.802.
Texto original y datos de sanción: útil para citar la norma y ver su historial de modificaciones.
Resumen oficial en Argentina.gob.ar: ficha con la información básica de la ley.
Texto de la Ley 27.802: si necesitas ver exactamente qué artículo cambió y cómo quedó redactado.
Antes de citar un artículo, verifica la fecha. Muchas páginas y PDF que aparecen al buscar «ley de contrato de trabajo actualizada» siguen mostrando el texto anterior a 2026. Si el artículo 154 que estás leyendo no menciona el fraccionamiento en tramos de siete días, esa copia está vieja.
Qué mirar en tu contrato antes de firmar
Con la ley en la mano, hay cinco puntos que conviene revisar en cualquier oferta antes de aceptarla, porque son los que después generan conflictos:
Modalidad y fecha de inicio: si es por tiempo indeterminado, los primeros seis meses son período de prueba (artículo 92 bis).
Convenio colectivo y categoría: determinan tu sueldo mínimo y, ahora, el tope indemnizatorio del artículo 245.
Remuneración y forma de pago: debe figurar el sueldo bruto y pagarse con recibo (artículos 74 y 124).
Jornada: horario, si hay banco de horas y cómo se liquidan las horas extra.
Registro: que te den de alta desde el primer día. Sin registración, el período de prueba se considera renunciado por el empleador.
Si estás comparando marcos laborales de la región porque evalúas mudarte o trabajar en remoto para otro país, la lógica cambia bastante: en México, por ejemplo, el equivalente es la Ley Federal del Trabajo, con otra estructura de derechos y otros plazos.
Ya sabes qué te garantiza la ley. El paso siguiente es encontrar un empleo que la cumpla desde el primer día. Crea tu perfil gratis en Vacantes.com y postúlate a vacantes en Buenos Aires, Córdoba, Rosario y todo el país, con empresas que contratan en relación de dependencia registrada.
Preguntas frecuentes
- 01¿Cuál es la ley 20744 de contrato de trabajo?
- Es la Ley de Contrato de Trabajo de Argentina, sancionada en 1974 y vigente con el texto ordenado por el Decreto 390 de 1976. Regula el trabajo en relación de dependencia del sector privado: formación del contrato, remuneración, jornada, descansos, vacaciones, licencias, enfermedad y extinción de la relación laboral. Es el piso de derechos, porque el artículo 12 anula cualquier acuerdo que reduzca lo que la ley, los estatutos o los convenios colectivos reconocen.
- 02¿Qué dice la ley de contrato de trabajo sobre las vacaciones?
- El artículo 150 fija 14 días corridos de vacaciones pagas con antigüedad de hasta 5 años, 21 días de 5 a 10 años, 28 días de 10 a 20 años y 35 días con más de 20 años. El artículo 151 exige haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año. Desde la reforma de 2026, el artículo 154 mantiene el período del 1 de octubre al 30 de abril, obliga a avisar con 30 días de anticipación y permite fraccionarlas de común acuerdo en tramos no menores a siete días.
- 03¿Cómo es la nueva ley de contrato de trabajo?
- No hay una ley nueva que reemplace a la 20.744. Lo que hay es una reforma: la Ley 27.802 de Modernización Laboral, sancionada el 27 de febrero de 2026 y publicada el 6 de marzo de 2026, que sustituyó o incorporó más de cincuenta artículos de la LCT. Estuvo suspendida por una medida cautelar desde el 30 de marzo de 2026 y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo restableció su vigencia el 23 de abril de 2026.
- 04¿Cuáles son los 5 derechos del trabajador?
- Los cinco derechos básicos que garantiza la LCT son: cobrar una remuneración no inferior al mínimo legal o de convenio, con recibo (artículos 74, 103 y 124); trabajar con jornada limitada y descansos (artículos 197 bis, 198 y 204 a 207); tomar vacaciones pagas de 14 a 35 días según antigüedad (artículos 150 a 157); cobrar el aguinaldo o sueldo anual complementario (artículos 121 a 123); y recibir preaviso e indemnización si el despido es sin justa causa (artículos 231, 232 y 245). A ellos se suman el trato igualitario y no discriminatorio (artículos 17 y 81).
- 05¿Qué establece el artículo 210 de la ley de contrato de trabajo?
- Regula el control médico en casos de enfermedad o accidente inculpable. Con la redacción vigente desde 2026, el certificado médico que presenta el trabajador debe indicar diagnóstico, tratamiento y cantidad de días de reposo, y ser emitido por un profesional habilitado, admitiéndose la firma digital. El empleador mantiene la facultad de realizar su propio control médico y, si los diagnósticos difieren, se resuelve mediante junta médica.