
Cómo calcular el finiquito paso a paso (con ejemplo) 2026
Cómo calcular el finiquito paso a paso: suma cuatro conceptos sobre tu salario diario bruto (sueldo mensual entre 30): los días trabajados que aún no te pagan, el aguinaldo proporcional (15 días al año como mínimo, artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo), las vacaciones pendientes del periodo en curso (artículos 76 y 79) y la prima vacacional del 25% sobre esas vacaciones (artículo 80). Si te despidieron, o si renuncias con 15 años de antigüedad o más, se añade la prima de antigüedad de 12 días por año (artículo 162). En este artículo lo calculamos juntos, concepto por concepto, con un ejemplo real de 2026 resuelto de principio a fin.
La fórmula corta: Finiquito = días trabajados no pagados + aguinaldo proporcional + vacaciones proporcionales + prima vacacional (+ prima de antigüedad, si aplica). Todo se multiplica por tu salario diario bruto, nunca por el neto que te cae al banco. Fuente: Ley Federal del Trabajo, artículos 76, 79, 80, 87 y 162 (texto vigente publicado por la Cámara de Diputados).
El finiquito es el pago que te corresponde cuando termina tu relación laboral, sin importar la causa: renuncia, despido, fin de contrato o acuerdo mutuo. No es un regalo de la empresa ni una cifra negociable a ojo: es la suma de prestaciones que ya devengaste y que la Ley Federal del Trabajo (LFT) te obliga a recibir. El problema es que casi nadie revisa el desglose, y ahí es donde se cuelan los errores: aguinaldo calculado sobre el neto, vacaciones con la tabla vieja de antes de la reforma de 2023 o una prima vacacional que simplemente no aparece.
Esta guía es la calculadora manual: seis pasos, cada uno con su fórmula, su artículo de la ley y su número, más un caso completo de una persona que renuncia en 2026 con un sueldo de 18.000 pesos. Si prefieres el atajo, en nuestra calculadora de finiquito por sueldo y antigüedad tienes las tablas ya resueltas, y si aún no tienes claro qué conceptos incluye el pago, empieza por la guía de qué es el finiquito y qué incluye.
Cómo calcular el finiquito paso a paso: la ruta de 6 pasos
El cálculo del finiquito siempre sigue el mismo orden: primero obtienes tu salario diario, luego cuentas los días que trabajaste y, con esos dos datos, resuelves cada prestación por separado antes de sumarlas. Estos son los seis pasos, en orden, y lo que necesitas para cada uno.
Paso 1. Calcula tu salario diario bruto: sueldo mensual entre 30.
Paso 2. Cuenta los días trabajados del año en curso y tu antigüedad exacta.
Paso 3. Aguinaldo proporcional: 15 días entre 365, por los días trabajados del año.
Paso 4. Vacaciones pendientes y proporcionales, con la tabla del artículo 76 vigente desde 2023.
Paso 5. Prima vacacional: 25% sobre el importe de esas vacaciones.
Paso 6. Prima de antigüedad: 12 días por año, solo si te despidieron o si renuncias con 15 años o más.
Concepto | Fórmula | Base legal (LFT) |
|---|---|---|
Días trabajados no pagados | Salario diario × días laborados sin pagar | Artículo 82 |
Aguinaldo proporcional | (15 ÷ 365) × días trabajados en el año × salario diario | Artículo 87 |
Vacaciones proporcionales | (Días de vacaciones del periodo ÷ 365) × días trabajados del periodo × salario diario | Artículos 76 y 79 |
Prima vacacional | 25% × importe de las vacaciones | Artículo 80 |
Prima de antigüedad | 12 días × salario diario topado × años de servicio | Artículo 162 |
Antes de empezar, ten a la mano tres cosas: tu último recibo de nómina (para el sueldo bruto), tu contrato o alta ante el IMSS (para la fecha exacta de ingreso) y el registro de las vacaciones que ya disfrutaste. Sin esos tres datos, cualquier cálculo es una estimación.
Paso 1: calcula tu salario diario bruto
Salario diario bruto = sueldo mensual bruto ÷ 30. En el ejemplo de este artículo, Laura gana 18.000 pesos brutos al mes como analista de marketing en Guadalajara: 18.000 ÷ 30 = 600 pesos diarios. Ese número es la base de los cinco pasos siguientes.
Se dividen entre 30 aunque el mes tenga 28 o 31 días, porque así se define el salario mensual en la práctica de nómina mexicana. Y siempre en bruto, antes de retenciones: el neto que te cae al banco no sirve como base de ningún concepto del finiquito.
No confundas el salario diario con el salario diario integrado (SDI). El SDI suma la parte proporcional del aguinaldo y de la prima vacacional (artículos 84 y 89 de la LFT) y se usa para la indemnización por despido y para las cuotas del IMSS, no para calcular el aguinaldo ni las vacaciones del finiquito. Mezclarlos es uno de los errores más caros.
Paso 2: cuenta tus días trabajados y tu antigüedad exacta
Son dos conteos distintos, no uno: los días naturales trabajados del año calendario en curso (base del aguinaldo) y los días trabajados del periodo anual de vacaciones, que arranca en tu aniversario de ingreso (base de las vacaciones). En el ejemplo son 212 y 153 días. Confundirlos es la causa número uno de que un finiquito salga corto.
Laura entró el 1 de marzo de 2023 y su último día es el 31 de julio de 2026. De ahí salen sus tres cifras clave:
Antigüedad total: 3 años y 5 meses.
Días del año calendario 2026 trabajados: 212 (del 1 de enero al 31 de julio; 2026 no es bisiesto).
Días del periodo vacacional en curso: 153 (del 1 de marzo, su aniversario, al 31 de julio).
Además, la empresa le paga los días 15 y último de cada mes. Su último pago cubrió hasta el 15 de julio, así que quedan pendientes 16 días de sueldo: 16 × 600 = 9.600 pesos. Ese es el primer renglón del finiquito y el que más se olvida cuando alguien sale a mitad de quincena.
Paso 3: calcula el aguinaldo proporcional
El aguinaldo proporcional se calcula con la fórmula (15 ÷ 365) × días trabajados en el año × salario diario. La LFT fija en su artículo 87 un mínimo de 15 días de salario al año, pagaderos antes del 20 de diciembre, y obliga a pagar la parte proporcional a quien no completó el año de servicios.
Para Laura: (15 ÷ 365) × 212 × 600 = 5.227,40 pesos (equivalen a 8,71 días de aguinaldo). Si tu empresa da más de 15 días por contrato colectivo o política interna, sustituye el 15 por tu número real: la ley marca el piso, no el techo.
Ojo con la base: el aguinaldo se calcula sobre el salario diario bruto del paso 1. Un aguinaldo calculado sobre el neto de Laura (aproximadamente 16.000 pesos mensuales tras retenciones) le habría dado unos 4.646 pesos, es decir, 580 pesos menos de los que le tocan.
Paso 4: calcula las vacaciones pendientes y proporcionales
Vacaciones proporcionales = (días de vacaciones del periodo ÷ 365) × días trabajados del periodo × salario diario. En el ejemplo son 4.527,12 pesos. A eso se suman completos los días de años anteriores que generaste y no disfrutaste.
Los días que te tocan al año salen de la tabla del artículo 76 de la LFT, reformado por vacaciones dignas y vigente desde el 1 de enero de 2023: 12 días laborables el primer año, más dos por cada año siguiente hasta llegar a 20 en el quinto, y a partir del sexto dos días más por cada cinco años de servicio. Esta es la escala completa.
Años de servicio cumplidos | Días de vacaciones al año | Prima vacacional (25%) |
|---|---|---|
1 año | 12 días | 3 días de salario |
2 años | 14 días | 3,5 días |
3 años | 16 días | 4 días |
4 años | 18 días | 4,5 días |
5 años | 20 días | 5 días |
De 6 a 10 años | 22 días | 5,5 días |
De 11 a 15 años | 24 días | 6 días |
De 16 a 20 años | 26 días | 6,5 días |
De 21 a 25 años | 28 días | 7 días |
De 26 a 30 años | 30 días | 7,5 días |
De 31 a 35 años | 32 días | 8 días |
La escala no se detiene ahí: a partir del año 36 sigue sumando dos días por cada cinco años de servicio, con la misma regla del artículo 76. Fuente: Ley Federal del Trabajo, artículo 76 vigente (texto publicado por la Cámara de Diputados).
Laura cumplió 3 años el 1 de marzo de 2026 y ya disfrutó esos días, así que su finiquito paga solo el periodo en curso, el del cuarto año, que corresponde a 18 días: (18 ÷ 365) × 153 × 600 = 4.527,12 pesos (7,55 días). Si le quedaran días sin disfrutar de años anteriores, se suman completos: el derecho a vacaciones no se pierde por no tomarlas, aunque prescribe al año conforme al artículo 516 de la LFT.
Paso 5: suma la prima vacacional del 25%
La prima vacacional es un 25% adicional sobre el importe de las vacaciones que te pagan, y la fija el artículo 80 de la LFT. Se calcula sobre el resultado del paso anterior, no sobre el sueldo mensual completo.
En el caso de Laura: 25% × 4.527,12 = 1.131,78 pesos. Es un concepto pequeño y por eso mismo el que más veces falta en un recibo de finiquito mal armado. Revísalo siempre: si ves vacaciones pero no ves prima vacacional, el cálculo está incompleto.
Paso 6: revisa si te toca prima de antigüedad
La prima de antigüedad son 12 días de salario por cada año de servicio, pero no aplica en todos los casos. Según el artículo 162 de la LFT, se paga a quien renuncia voluntariamente solo si cumplió 15 años o más, y a quien se separa por causa justificada o es despedido, con independencia de si el despido fue justificado o no.
Renuncia con menos de 15 años: no aplica.
Renuncia con 15 años o más: sí aplica.
Despido (justificado o injustificado): sí aplica.
Muerte del trabajador: sí aplica, se paga a los beneficiarios.
Hay un tope: el salario base de esta prima no puede exceder el doble del salario mínimo general. Con el salario mínimo general de 315,04 pesos diarios vigente desde el 1 de enero de 2026 (CONASAMI, resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2025), ese tope es de 630,08 pesos diarios. Como Laura gana 600 pesos al día, está por debajo del tope y se usaría su salario real. Puedes consultar el detalle por zona en nuestra guía del salario mínimo 2026 en México. En su caso, al ser renuncia con 3 años y 5 meses, la prima de antigüedad es 0.
Ejemplo completo de cálculo de finiquito en 2026
Este es el finiquito de Laura resuelto de principio a fin, con los seis pasos aplicados y el desglose que debería aparecer en su recibo. El resultado es de 20.486,30 pesos brutos por una renuncia voluntaria tras 3 años y 5 meses de trabajo.
Sueldo mensual bruto: 18.000 pesos (salario diario: 600 pesos).
Fecha de ingreso: 1 de marzo de 2023. Último día: 31 de julio de 2026.
Causa de terminación: renuncia voluntaria.
Vacaciones ya disfrutadas hasta su tercer aniversario, sin días arrastrados.
Concepto | Operación | Importe bruto |
|---|---|---|
Días trabajados sin pagar (16 días) | 16 × 600 | 9.600,00 |
Aguinaldo proporcional (8,71 días) | (15 ÷ 365) × 212 × 600 | 5.227,40 |
Vacaciones proporcionales (7,55 días) | (18 ÷ 365) × 153 × 600 | 4.527,12 |
Prima vacacional (25%) | 0,25 × 4.527,12 | 1.131,78 |
Prima de antigüedad | No aplica (renuncia con menos de 15 años) | 0,00 |
Total bruto del finiquito | Suma de los conceptos anteriores | 20.486,30 |
Ese total es bruto: la empresa retiene el ISR correspondiente antes de depositarlo, y también puede descontar adeudos documentados como préstamos de caja de ahorro o equipo no devuelto. Lo que no puede hacer es descontarte una cantidad sin desglosarla en el recibo.
El mismo caso con otra causa de salida: qué cambia
Con el mismo sueldo y la misma antigüedad, el monto final cambia mucho según por qué terminó la relación laboral. El finiquito es idéntico en los tres escenarios; lo que se añade es la prima de antigüedad y, en el despido injustificado, la indemnización.
Causa de salida | Finiquito | Prima de antigüedad | Indemnización | Total bruto |
|---|---|---|---|---|
Renuncia voluntaria (3 años 5 meses) | 20.486,30 | No aplica | No aplica | 20.486,30 |
Renuncia con 15 años o más | 20.486,30 | 12 días por año | No aplica | Finiquito + prima |
Despido justificado (artículo 47) | 20.486,30 | 24.618,08 | No aplica | 45.104,38 |
Despido injustificado (artículo 48) | 20.486,30 | 24.618,08 | 56.884,50 (3 meses) | 101.988,88 más salarios caídos |
Fin de contrato temporal (artículo 53, fracción III) | 20.486,30 | No aplica salvo 15 años o más | No aplica | 20.486,30 |
Tres aclaraciones sobre esa tabla. La prima de antigüedad de 24.618,08 pesos sale de 12 días × 600 pesos × 3,42 años. Y los 56.884,50 pesos de indemnización son 90 días calculados con el salario diario integrado (632,05 pesos, es decir, 600 más la parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional), no con el salario diario simple. Y el fin de un contrato por tiempo u obra determinada (artículo 53, fracción III) cierra la relación sin que haya despido: se paga el finiquito completo, pero no genera indemnización ni prima de antigüedad, salvo que se cumplan los 15 años de servicio del artículo 162. Si tu caso es un despido, el cálculo completo, incluidos los salarios caídos del artículo 48, está en nuestra guía de liquidación por despido.
Finiquito y liquidación no son sinónimos. El finiquito te lo deben siempre, salgas como salgas. La liquidación (indemnización de 3 meses más 20 días por año en los supuestos del artículo 50) solo procede en un despido injustificado. Si firmas un documento titulado finiquito que incluye la indemnización, estás cerrando ambas cosas a la vez.
Cuánto ISR te retienen del finiquito
El finiquito paga ISR, pero no sobre el total: algunos conceptos están parcialmente exentos y esa exención se mide en UMA. El valor de la UMA para 2026 es de 117,31 pesos diarios, vigente desde el 1 de febrero de 2026 según el comunicado del INEGI del 8 de enero de 2026.
Concepto | Exención (artículo 93 de la Ley del ISR) | En pesos 2026 | Excedente | Fuente del valor |
|---|---|---|---|---|
Aguinaldo | Hasta 30 UMA al año | 3.519,30 | Gravado | UMA 2026 de 117,31 pesos (INEGI) |
Prima vacacional | Hasta 15 UMA al año | 1.759,65 | Gravado | UMA 2026 de 117,31 pesos (INEGI) |
Prima de antigüedad e indemnizaciones | Hasta 90 UMA por año de servicio | 10.557,90 por año | Gravado | UMA 2026 de 117,31 pesos (INEGI); tope de la prima en dos salarios mínimos, 630,08 pesos diarios (CONASAMI) |
Sueldo pendiente y vacaciones | Sin exención | 0,00 | Gravado al 100% | Artículo 93 de la Ley del ISR: no prevé exención (INEGI, UMA 2026) |
Aplicado al ejemplo: de los 20.486,30 pesos de Laura, quedan exentos 4.651,08 (el aguinaldo hasta 3.519,30 y la prima vacacional completa, porque 1.131,78 no llega al límite de 1.759,65) y resultan gravados 15.835,22 pesos. Sobre esa base gravable la empresa aplica la tarifa del artículo 96 de la Ley del ISR, así que el depósito final será menor que el bruto. Las exenciones que la ley expresa en veces el salario mínimo se leen hoy en UMA por el decreto de desindexación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.
Cómo revisar que el recibo de finiquito esté bien
Antes de firmar, compara renglón por renglón tu cálculo con el desglose del recibo, que debe venir timbrado como CFDI de nómina con la clave de percepción de cada concepto. Estos son los cinco errores que más aparecen y cómo detectarlos en 30 segundos.
Error frecuente | Cómo lo detectas | Qué dice la ley |
|---|---|---|
Aguinaldo calculado sobre el sueldo neto | El importe no cuadra con (15 ÷ 365) × días × salario bruto | Artículo 87 de la LFT: sobre salario |
Vacaciones con la tabla anterior a 2023 | Te pagan 6 o 8 días en el primer año | Artículo 76 reformado: mínimo 12 días |
Falta la prima vacacional | Hay renglón de vacaciones pero no de prima | Artículo 80: 25% obligatorio |
No pagan prima de antigüedad tras un despido | Aparece en 0 aunque te despidieron | Artículo 162: aplica en todo despido |
Descuentos sin desglosar | Un renglón de ajustes o varios sin concepto | Artículo 110: descuentos limitados y justificados |
No firmes hojas en blanco ni un recibo cuyo desglose no entiendas, y pide siempre una copia firmada. Firmar el finiquito no te impide reclamar después si el pago fue menor al que marca la ley, pero pelearlo con el desglose en la mano es mucho más rápido que sin él.
Qué hacer si no te pagan el finiquito o el cálculo no cuadra
La LFT no fija un número exacto de días para pagar el finiquito, así que el criterio general es que se cubra al terminar la relación de trabajo, y en la práctica muchas empresas lo liquidan con la nómina siguiente. Lo que sí fija la ley son los plazos para reclamar, y son cortos.
Pide el desglose por escrito. Con tu cálculo al lado, señala el concepto que falta o el importe que no cuadra.
Acude a la PROFEDET. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo da asesoría y representación jurídica gratuitas a las personas trabajadoras.
Solicita la conciliación prejudicial. Desde la reforma laboral de 2019 es obligatoria antes de demandar y se tramita ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) o el centro de conciliación de tu estado. Está limitada a 45 días naturales.
Demanda ante el Tribunal Laboral. Si no hay acuerdo, la constancia de no conciliación te habilita para presentar la demanda.
Dos relojes distintos, no los confundas: para reclamar prestaciones ya devengadas como el finiquito tienes un año (artículo 516 de la LFT), pero para impugnar un despido injustificado y exigir la indemnización o la reinstalación tienes solo dos meses desde la separación (artículo 518). Si te despidieron, ese es el plazo que corre primero.
Si quieres revisar qué prestaciones te corresponden más allá del finiquito (aguinaldo, vacaciones, IMSS, Infonavit o reparto de utilidades), tenemos el detalle en la guía de prestaciones de ley en México. Y si aún estás decidiendo cómo salir, la carta de renuncia con formato y ejemplos te ahorra el mal trago de redactarla a las prisas. Puedes consultar el texto vigente de la ley en el archivo oficial de la Cámara de Diputados, el valor de la UMA en el portal del INEGI, los salarios mínimos en el sitio de la CONASAMI y la asesoría gratuita en el portal de la PROFEDET.
Después del finiquito: cómo aterrizar el siguiente empleo
El mejor momento para buscar trabajo es mientras el finiquito te da margen, no cuando ya se acabó. Un finiquito como el del ejemplo, 20.486,30 pesos brutos, equivale a poco más de un mes de sueldo: es una pista de despegue corta, así que conviene mover el proceso desde la primera semana.
En Vacantes.com hay 221 vacantes publicadas hoy, 28 de ellas en México (datos internos de Vacantes.com, 2 de agosto de 2026). Puedes filtrar las de empleos en México y postularte con un solo perfil. Mientras avanza el proceso, dos cosas rinden más que mandar el CV en masa: activar tus contactos con método, que es de lo que trata la guía de cómo hacer networking profesional efectivo, y llevar tus respuestas preparadas con la estructura de la entrevista por competencias y el método STAR. Y si tu cálculo no cuadró con el recibo, vuelve a la guía de qué es el finiquito y qué incluye para revisar concepto por concepto antes de firmar.
En resumen: salario diario (sueldo entre 30), aguinaldo proporcional con 15 días entre 365, vacaciones del periodo en curso con la tabla del artículo 76, prima vacacional del 25% y, si te despidieron o llevas 15 años, prima de antigüedad de 12 días por año. Suma, compara con el recibo y firma solo cuando los números coincidan.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo calculo mi finiquito fácil y rápido?
- Divide tu sueldo mensual bruto entre 30 para obtener el salario diario y multiplícalo por cuatro conceptos: los días trabajados que no te han pagado, el aguinaldo proporcional ((15 ÷ 365) × días trabajados del año), las vacaciones proporcionales del periodo en curso y el 25% de esas vacaciones como prima vacacional. Con un sueldo de 18.000 pesos (600 diarios) y salida el 31 de julio de 2026 tras 3 años y 5 meses, el resultado es 20.486,30 pesos brutos. Si te despidieron, añade la prima de antigüedad de 12 días por año (artículo 162 de la LFT).
- ¿Cuál es la fórmula para calcular el finiquito?
- Finiquito = días trabajados no pagados + aguinaldo proporcional + vacaciones proporcionales + prima vacacional (+ prima de antigüedad, si aplica). En detalle: aguinaldo = (15 ÷ 365) × días trabajados en el año × salario diario (artículo 87 de la LFT); vacaciones = (días de vacaciones del periodo ÷ 365) × días trabajados del periodo × salario diario (artículos 76 y 79); prima vacacional = 25% del importe de las vacaciones (artículo 80). Todo se calcula sobre el salario diario bruto, nunca sobre el neto.
- ¿Cómo calcular un finiquito paso a paso?
- Son seis pasos: 1) calcula tu salario diario bruto dividiendo el sueldo mensual entre 30; 2) cuenta los días trabajados del año calendario y los del periodo vacacional en curso; 3) calcula el aguinaldo proporcional; 4) calcula las vacaciones pendientes y proporcionales con la tabla del artículo 76 vigente desde 2023 (12 días el primer año, más dos por año hasta 20); 5) suma el 25% de prima vacacional; 6) revisa si te corresponde prima de antigüedad, que solo aplica en despidos o en renuncias con 15 años o más de servicio.
- ¿Cómo puedo simular el cálculo de mi finiquito?
- Necesitas cuatro datos: sueldo mensual bruto, fecha de ingreso, último día trabajado y días de vacaciones que ya disfrutaste. Con ellos aplica las fórmulas de cada concepto o usa las tablas ya resueltas por sueldo y antigüedad de nuestra calculadora de finiquito. Simula siempre en bruto y después descuenta el ISR: el aguinaldo está exento hasta 30 UMA (3.519,30 pesos en 2026) y la prima vacacional hasta 15 UMA (1.759,65 pesos), según el artículo 93 de la Ley del ISR y el valor de la UMA publicado por el INEGI.
- ¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagarme el finiquito?
- La Ley Federal del Trabajo no fija un número exacto de días, por lo que el criterio general es que se pague al terminar la relación laboral, aunque muchas empresas lo liquidan con la nómina siguiente. Lo que sí marca la ley son los plazos para reclamar: un año para exigir prestaciones devengadas como el finiquito (artículo 516) y solo dos meses para impugnar un despido injustificado (artículo 518). Si no te pagan, la PROFEDET ofrece asesoría gratuita y la conciliación prejudicial ante el centro de conciliación es obligatoria antes de demandar.